A la hora de guardar y mover grandes cantidades de dinero en España, es importante tener en cuenta ciertas cuestiones legales, sobre todo si se trata de cantidades en efectivo.
Aunque cada vez son más populares medios de pago digitales como las tarjetas de débito y crédito, la tecnología NFC en móviles y aplicaciones como Bizum, el dinero en metálico sigue siendo el sistema favorito de los españoles para las compras en tiendas físicas. Sin embargo, las cantidades de dinero en efectivo que se pueden llevar están reguladas por normativas legales, tanto en el ámbito nacional como europeo, con el objetivo de combatir el fraude fiscal, la economía sumergida o la financiación de actividades ilegales.
¿Cuánto dinero en efectivo puedo llevar legalmente?
Tal como ocurre con las transferencias o la retirada de dinero en cajeros automáticos, existe una restricción sobre la cantidad de dinero en efectivo que se puede manejar sin declarar. No es que haya un límite legal, pero sí la obligación de notificar cualquier movimiento dentro del territorio español de una cantidad igual o superior a 100 000 euros. Esta normativa, regulada por la Ley 10/2010, de 28 de abril, se enmarca en el ámbito de las medidas adoptadas por el gobierno para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
La ley establece que cualquier persona que circule con una cantidad de dinero en efectivo superior a los 100 000 euros, debe llevar consigo una declaración firmada que refleje el origen del dinero y la razón de su posesión. El documento debe incluir también los datos del portador y el propietario de la cantidad, así como del destinatario y el remitente. Además, debe especificar el importe, la naturaleza de la operación y los medios de transporte utilizados para trasladar el dinero.
Las únicas personas que quedan exentas de esta normativa son los trabajadores que, debidamente autorizados por el Ministerio del Interior, ejerzan actividades de transporte profesional de fondos o medios de pago, excepto cuando se trate de movimientos de entrada y salida de la Unión Europea.
¿Y si quiero entrar en España con dinero en metálico?
Tal como indica el Banco de España, «quien entre o salga de España con una cantidad igual o superior a 10 000 euros debe notificarlo. Esto incluyen también el desplazamiento desde o hacia países miembro de la Unión Europea y por cualquier medio: frontera terrestre, marítima o aeroportuaria».
Además, la norma no solo hace referencia al efectivo en cualquier moneda de curso legal, sino que también incluye otros medios de pago, como cheques al portador, tarjetas monedero o sistemas de pago electrónico.
¿Cuánto dinero en efectivo puedo llevar al viajar al extranjero?
¿Estás organizando tu próximo viaje y eres de los que prefiere moverse con billetes para controlar el gasto? Entonces debes saber que también existe una normativa europea, el reglamento N.º 1889/2005, que fija en 10 000 euros el límite de dinero en metálico que los viajeros pueden llevar sin declararlo en la aduana. Cuando la suma es superior a esa cantidad, hay que cumplimentar el formulario S1 antes de viajar.
Este documento gratuito se puede rellenar y descargar en la propia página web de la Agencia Tributaria y no requiere documentación complementaria, por lo que el trámite es muy sencillo. Es importante tener en cuenta que esta declaración tiene validez legal y que al presentarla estás manifestando que los datos que aparecen en ella son ciertos. El propio formulario advierte de que «la falsedad en los mismos supone una infracción de la normativa en vigor y la posibilidad de intervenir y retirar los fondos portados».
¿Cómo declarar cantidades en efectivo que superan los límites?
Dependiendo de dónde se produzca el desplazamiento, el formulario S1 debe presentarse ante un organismo u otro.
En España
- Movimientos de efectivo sin retirada o depósito en una entidad bancaria: La declaración se llevará a cabo en las Dependencias Provinciales de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT o a través de la página web de la AEAT.
- Fondos retirados en una entidad bancaria: El trámite se podrá realizar en la propia entidad bancaria de la que se retiren los fondos.
- Depósito de fondos en efectivo en una entidad bancaria: En este caso, el banco deberá solicitar la presentación del formulario S1, que el depositante debe obtener antes de realizar la operación.
En el extranjero
El formulario S1 se debe presentar ante los Servicios Aduaneros correspondientes, donde se encontrarán los formularios disponibles para su cumplimentación.
En el caso de países de la Unión Europea que no cuenten con aduana, la declaración se puede realizar telemáticamente, pero deberá formalizarse legalmente en el primer punto de aduanas que se encuentre.
¿Qué ocurre si no declaras las cantidades de efectivo que superan los límites?
Si viajas portando una cantidad superior a 10 000 euros sin declarar, ten en cuenta que esto conlleva consecuencias legales. Las autoridades competentes pueden retener o incautar el dinero para investigar de dónde procede y abrir un expediente sancionador. Dependiendo de la gravedad de la infracción, las multas pueden ir desde los 600 euros hasta el doble de las cantidades trasladadas.
En resumen, si eres de los que prefiere manejar dinero en efectivo para llevar un control más exhaustivo de tus finanzas, es importante que conozca la normativa que regula las transacciones en metálico. Cumplir con la obligación de declarar el efectivo, tanto cuando nos movemos por España como cuando viajamos al extranjero, es imprescindible para satisfacer nuestras obligaciones fiscales y promover un sistema financiero seguro y fiable. Al actuar de manera transparente, apoyamos un entorno económico más seguro y justo para todos.