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¿Qué es el IVA? Tipos y clases


03.04.2024

Escrito por: Bankinter Consumer Finance


El impuesto sobre el valor añadido (IVA) es una tasa sobre el consumo que se grava a casi todos los bienes y servicios que se compran y se venden para su utilización o consumo en la Unión Europea. Junto con el IRPF, es uno de los impuestos más importantes en el sistema tributario español y, desde la reforma fiscal de 2012, ha quedado dividido en tres tipos: general, reducido y superreducido. En este artículo vamos a ver los tipos de IVA en España y cómo se aplican. 

¿Cómo funciona el IVA? 

El impuesto sobre el valor añadido (IVA) es un tributo de naturaleza indirecta que grava el consumo, ya sea de bienes o servicios. De este modo, no se aplica de forma directa sobre la renta de los contribuyentes (como ocurre en el caso del IRPF), sino que su coste lo asume el consumidor cuando adquiere un producto o servicio en el momento de la transacción.  

De este modo, los profesionales funcionan como sujetos intermediarios que se encargan de repercutir este impuesto en la factura del consumidor, recaudarlo y abonarlo a la administración de manera trimestral a lo largo del año.  

A su vez los empresarios podrán reducir la cantidad de IVA cobrado a los consumidores con la parte que hayan soportado en ese periodo en la propia adquisición de bienes o servicios relacionados con su actividad empresarial, de manera que en el momento de la liquidación de este impuesto solo tengan que abonar la cuota que hayan repercutido a sus clientes superior al que hayan soportado en las compras de ese periodo.  

¿Qué tipos de IVA existen?

La Unión Europea cuenta con normas generales sobre el IVA, pero su aplicación puede variar en cada país. En España, esta regulación está recogida en la ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que distingue tres tipos impositivos distintos, en función del porcentaje aplicado.  

 

IVA general 

El tipo impositivo general del IVA es del 21 % y se aplica a todas aquellas operaciones que no tengan previsto un tipo de IVA diferente; es decir, a la mayor parte de bienes y servicios. De manera que, si la operación en cuestión no está recogida en las categorías que veremos a continuación, se le aplicará el tipo de IVA general del 21 %.  

 IVA reducido 

El tipo de IVA reducido es un impuesto de valor añadido con un tipo impositivo más bajo que el IVA general. En la actualidad, se sitúa en el 10 % y se aplica a las siguientes operaciones:   

  • Productos utilizados para la nutrición humana o animal, excluyendo las bebidas alcohólicas, azucaradas o el tabaco. 
  • Animales y vegetales destinados a la obtención de productos para la nutrición humana o animal. 
  • Semillas o fertilizantes para las actividades agrícolas, forestales o ganaderas. 
  • Aguas aptas para la alimentación humana, animal y para el riego. 
  • Medicamentos de uso animal. 
  • Productos farmacéuticos, productos de higiene femenina, equipos y aparatos médicos. 
  • Gafas graduadas, lentillas y productos destinados a su cuidado. 
  • Venta de viviendas, garajes o partes del mismo edificio. 
  • Semillas, bulbos, esquejes, flores y plantas vivas. 
  • Importación de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. 
  • Transporte de viajeros.
  • Hostelería.
  • Servicios artísticos.
  • Explotaciones agrícolas o ganaderas. 
  • Recogida de residuos. 
  • Arrendamientos con opción a compra. 
  • Obras de renovación y reparación de viviendas. 

IVA superreducido 

El IVA superreducido aplica un gravamen del 4 % para hacer aún más accesibles ciertos artículos que se consideran de primera necesidad. Entre ellos se encuentran los siguientes:   

  • Los alimentos básicos como el pan, la leche, los huevos, las frutas y verduras, las legumbres o los cereales. 
  • Los libros, periódicos y revistas. 
  • Los medicamentos de uso humano. 
  • Los vehículos para personas con movilidad reducida. 
  • Las prótesis y los implantes para personas con discapacidad.
  • Las viviendas de protección oficial. 
  • Las compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales. 

Productos exentos de IVA  

Por otro lado, se encuentran los bienes o servicios a los que no es necesario repercutir ningún tipo de IVA; es decir, están exentos de IVA o se les aplicaría un IVA del cero por ciento. Algunas de las actividades que están exentas del pago de este impuesto son las que se incluyen en este listado:   

  • La enseñanza en centros públicos o privados. 
  • Las hospitalizaciones y asistencias sanitarias. 
  • Los servicios prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios y gráficos. 
  • Servicios de seguros, reaseguros y capitalizació 
  • Servicios de mediación prestados a personas físicas en diversas operaciones financieras. 
  • Arrendamiento de viviendas y venta de terrenos rústicos y no edificables.
  • Los sellos y servicios públicos postales.  

IVA en España 

La normativa española que hemos visto en los apartados anteriores se aplica en todo el territorio nacional, salvo en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Dichos territorios emplean sus propios tributos, por lo que quedan excluidos del IVA peninsular.  

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